En UIEKAPP estuvo Augusto Infante, abogado, y comentó la situación de estas personas que, según el testimonio de un familiar “viven en condiciones inhumanas”.
La estación de policía de seguridad comunal de la localidad cuenta con una clausura administrativa y no posee espacios adecuados para alojar personas desde el 18 de marzo de 2009.
“Recibimos una denuncia de un familia de una de las personas que estaba alojada en Coronel Rosales y que había en ese momento cuatro personas, que pasaban veinte horas esposadas“, determinó Infante.
A partir de esto, explicó que en el esposamiento hay normas explicitas de la ley de ejecución penal (artículo 62 y 63), que establece que solo puede acontecer en el traslado.
Además, afirmó que es un deber compactar las circunstancias de las personas que se encuentran privadas de la libertad.
Los individuos se encontraban viviendo en un sector de la cocina, que no se encuentra adaptado para vivir. “La clausura es una inhabilitación, determina que cierto lugar no puede cumplir cierta función”, agregó el profesional.
La denuncia también ratifica que no les proveen alimentos ni elementos de higiene y sus familiares son quienes llevan lo necesario. No cuentan con agua caliente y ante la solicitud de calentarla, muchas veces reciben una denegación.
“La juez que intervino en el caso se apersonó rápidamente y pudo constatar los extremos que fueron denunciados“, aseguró.
Por otra parte, se encuentran incomunicados y se interrumpe únicamente cuando reciben visita dos veces por semana durante 30 o 40 minutos.
La Comisión por la Memoria solicitó constatación de las condiciones materiales, asignación de trabajador social para realizar un informe ambiental y que se accione en cuanto a sus respectivos traslados.