a decisión fue oficializada en un Decreto publicado este martes en el Boletín Oficial. Qué sucederá con los empleados públicos que ingresaron al Estado antes del 1° de enero. También se prorrogó la medida que prohíbe la contratación de nuevo personal.
El Gobierno Nacional oficializó hoy la decisión de no renovar los contratos de los trabajadores estatales que ingresaron este año a la Administración Pública.
El artículo 1° del 84/23, publicado este martes en el Boletín Oficial, con las firmas del presidente Javier Milei y del jefe de Gabinete, Nicolás Posse, establece que “las contrataciones del personal para la prestación de servicios efectuadas en el marco del artículo 9° de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional, del Decreto N° 1109 del 28 de diciembre de 2017 y de toda otra modalidad de contratación que concluya al 31 de diciembre de 2023, e iniciadas a partir del 1° de enero de 2023 en los organismos comprendidos en los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley N° 24.156, no serán renovadas
La medida no alcanza a las contrataciones derivadas de cupos regulados por ley u otro tipo de protecciones especiales. Tampoco al personal que haya estado prestando tareas con fecha previa al 1° de enero de 2023 y haya cambiado su modalidad de contratación; y al personal que el titular de cada jurisdicción “evalúe que resulte indispensable para el funcionamiento de la jurisdicción, de manera restrictiva y fundada y que su continuidad es necesaria por razones impostergables de funcionamiento”.
Las contrataciones efectuadas en el marco del artículo 9° del Anexo de la Ley N° 25.164 y del Decreto N° 1109 del 28 de diciembre de 2017, cuya fecha de ingreso a la administración sea previa al 1° de enero de 2023, no podrán ser renovadas por un periodo mayor a noventa (90) días corridos.
En ese lapso, las autoridades competentes de cada jurisdicción deberán realizar “un relevamiento exhaustivo” del personal contratado cuya fecha de ingreso a la Administración sea previa al 1° de enero de 2023 con el fin de evaluar la renovación de dichas contrataciones. “En el caso de que las autoridades decidan renovar dichos contratos, deberán fundar la decisión demostrando la necesidad de continuar con la contratación”, remarca el Decreto.
Esta decisión se inscribe en el marco del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 8 del 10 de diciembre de 2023, uno de los primeros de la gestión de Milei, que modificó la Ley de Ministerios, reduciendo a nueve las carteras, “con la finalidad de optimizar recursos, lo que obliga a revisar todas aquellas contrataciones”.
Por otro lado, hoy también se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 77/23, que prorroga la prohibición de contratar nuevos empleados en el Estado que definió a mediados del 2022 el Gobierno de Alberto Fernández.
En rigor, el Decreto 426/22, que firmaron entonces el ex presidente Alberto Fernández el ex jefe de Gabinete Juan Manzur y la ex ministra de Economía, Silvina Batakis, estableció que “las Jurisdicciones y Entidades del Sector Público Nacional comprendidas en los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional” no podían “efectuar designaciones ni contrataciones de personal de cualquier naturaleza”.
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